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SEPE: Los parados mayores de 52 años cobrarán el subsidio hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación

SEPE: Los parados mayores de 52 años cobrarán el subsidio hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación

Con el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta ayuda asistencial ha sufrido algunos cambios importantes en sus requisitos

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Miércoles, 10 de julio 2024, 01:01

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El subsidio para mayores de 52 años representa un importante respaldo para aquellos desempleados que cumplen con los requisitos de cotización para acceder a una pensión contributiva de jubilación, pero que aún no pueden cobrarla debido a su edad. Con el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta ayuda asistencial ha sufrido algunos cambios importantes en sus requisitos que los posibles beneficiarios deben conocer.

Para poder acceder a este subsidio, los parados mayores de 52 años que hayan agotado la prestación por desempleo deben cumplir con los siguientes seis requisitos obligatorios, tal y como explican desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE):

1. Estar en situación de desempleo.

2. Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplen los requisitos para acceder al subsidio.

3. Estar inscrito/a como demandante de empleo durante al menos un mes desde que se agotó la prestación por desempleo anterior, o desde la fecha de inscripción como demandante de empleo si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado/a de prisión o por revisión de la incapacidad, y no haber rechazado ninguna oferta de trabajo adecuada ni haberse negado a participar, sin causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional durante ese mes. La inscripción debe mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.

4. Cumplir con el acuerdo de actividad incluido en la solicitud del subsidio.

5. No tener rentas propias mensuales que sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Si no se cumple este requisito en la fecha del hecho causante, se puede acceder al subsidio si se cumple y se acredita dentro de un año desde entonces. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.

6. Acreditar que se cumplen todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social española, lo que incluye haber cotizado por jubilación durante al menos 15 años, dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años, y haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral. Las cotizaciones realizadas en otros países se tienen en cuenta para percibir este subsidio solo si han sido realizadas en países del Espacio Económico Europeo o con los que exista un convenio de totalización de períodos para la protección por desempleo.

Duración y cuantía

Dicha cuantía podría aumentar este año en caso de aprobarse una medida recientemente anunciada por Yolanda Díaz, la ministra de Trabajo, quien defiende la importancia de incrementar el IPREM un 3%. Este indicador es crucial para determinar el acceso a una variedad de ayudas y subsidios, incluidos los subsidios por desempleo.

El IPREM, establecido en 600 euros mensuales en la actualidad, sirve como referencia para para determinar quién puede ser beneficiario de determinadas ayudas y subsidios estatales. En este sentido, el Servicio de Empleo (SEPE) usa este instrumento para determinar los mínimos y máximos de dichas prestaciones. Por lo tanto, si se aprobara la subida del 3% propuesta por la ministra Díaz, quienes perciban el subsidio para mayores de 52 años, pasarían a percibir 494,40 euros mensuales.

La duración del subsidio será hasta que se alcance la edad ordinaria que se exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social o hasta encontrar un empleo.

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