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Supersalud denunció a agente liquidador de Saludvida EPS por conflicto de intereses

Esa aseguradora es objeto de liquidación forzosa administrativa por parte de la Superintendencia de Salud desde octubre de 2019.

  • La superintendencia hizo la denuncia ante la Procuraduría General de la Nación. FOTO CORTESÍA
    La superintendencia hizo la denuncia ante la Procuraduría General de la Nación. FOTO CORTESÍA
09 de julio de 2024
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La Superintendencia de Salud denunció ante la Procuraduría General de la Nación posibles irregularidades que se estarían presentando con el agente liquidador de Saludvida EPS, Darío Laguado Monsalve.

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Según la entidad, se trataría de un posible hecho de inhabilidad, impedimento, incompatibilidad y/o conflicto de intereses por parte de Laguado.

Vale recordar que esa entidad promotora de salud inició proceso de l="https://www.elcolombiano.com/colombia/salud/ministerio-de-salud-busca-que-eps-intervenidas-reciban-traslados-de-afiliados-JD24720328" target="_blank">iquidación forzosa administrativa el 10 de octubre de 2019 y fue prorrogada hasta el pasado 22 de marzo de 2023.

La Supersalud explicó que actualmente carece de facultades jurídicas de revocación o revisión de sus decisiones para hacer seguimiento sobre la actividad cumplida por el liquidador.

Según la denuncia, el agente liquidador Darío Laguado declaró terminada la existencia legal de Saludvida EPS e informó sobre la celebración de un contrato de mandato con la empresa Ateb Soluciones Empresariales S.A.S para las situaciones jurídicas no definidas del proceso liquidatario hasta el pasado 22 de marzo de 2024. Un año después de que terminara la intervención forzosa.

Al respecto, la Superintendencia dijo que evidenció en uno de los reportes entregados por el agente la suscripción de un contrato con Laguado Monsalve, que tiene como objeto la prestación de servicios profesionales de asesoría.

Hecho que, a su juicio, significaría un conflicto de intereses. Por lo cual recordó que la ley señala que “los representantes legales y los miembros de las juntas directivas u órganos de decisión de las personas jurídicas privadas que hayan ejercido funciones administrativas, no podrán ser contratistas ejecutores de las decisiones en cuya regulación y adopción hayan participado”.

Con base en esto, esa entidad interpuso una queja disciplinaria ante la Procuraduría para que investigue si hubo una posible transgresión a inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades y violación al régimen de conflicto de intereses para los particulares que ejerzan funciones públicas.

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