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Sociedad narcotráfico | SCJ | Martín Mutio

Caso Martín Mutio

Cinco años, un imputado y muchos cabos sueltos

La SCJ confirmó la pena de 15 años por narcotráfico y lavado de activos para Martín Mutio, el único imputado por el envío de 4,5 toneladas de cocaína a Europa.

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El jueves 20 de junio la Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmó la condena de 15 años de prisión a Martín Mutio por el delito de narcotráfico en modo de exportación en régimen de reiteración real y por un delito continuado de lavado de activos en la modalidad de conversión y transferencia de bienes.

La confirmación de esta pena fue producto de un largo e intrincado proceso judicial en el que el Tribunal de Apelaciones revirtió (en junio de 2023) la sentencia dictada por la jueza de Crimen Organizado Adriana Chamsarián, que en agosto de 2022 absolvió a Mutio por no encontrar evidencias que lo incriminen.

La absolución

En esa primera instancia, Chamsarián lo sobreseyó porque determinó que no se pudo probar que los precintos del contenedor en cuestión no hayan sido adulterados en el trayecto por los otros puertos (Zárate Santos, Río de Janeiro, Vitoria y Dakar) y que no había una “plena prueba básica” que evidencie que Mutio fue el responsable de la carga y el traslado del cargamento hallado en Alemania.

En ese sentido, la magistrada avalaba la hipótesis de la defensa de Mutio en cuanto a que el método utilizado para cargar la droga fue el denominado rip-on/rip-off, que consiste introducir sustancias ilícitas en cargas legales, que son adulteradas durante el proceso de envío, sin el conocimiento del exportador ni del importador.

Además, la jueza puso en duda que la sustancia encontrada en el puerto de Hamburgo se trate de cocaína, porque la afirmación de Fiscalía “no fue acompañada por el correspondiente informe científico”, puesto que este documento “no fue incluido en tiempo y forma en la investigación por la fiscal Ferrero por lo que no pudo ser considerado como prueba durante el proceso”.

Sin embargo, un año después el Tribunal de Apelaciones revirtió el fallo e hizo lugar a la condena solicitada por la fiscal de Estupefacientes, Mónica Ferrero.

La reversión del caso

En la sentencia, los ministros Daniel Tapié, Ricardo Míguez y Ángel Cal discreparon con la valoración de la prueba realizada por la jueza Chamsarián. Sobre el delito de exportación de sustancias estupefacientes, sostienen que las conclusiones de la jueza “resultan francamente alejadas del sentido común, apoyándose en consideraciones de un claro exceso de ritualismo formal procesal, desatendiendo todo el contexto general de los sucesos y los medios probatorios que se acompañaron en este juicio”.

“¿Qué sentido lógico puede tener que las autoridades de Alemania llegaran a esa conclusión y se pusiera en marcha un gran operativo si no se tratara efectivamente de cocaína? ¿Se puede pensar en una confusión entre cocaína y otra sustancia (harina, bicarbonato, talco u otro polvo blanco) en un asunto de la magnitud de la que trata el presente? Las respuestas surgen por sí solas imposibles y fuera de toda razonabilidad”, agrega el fallo.

La semana pasada, los magistrados de la SCJ confirmaron el fallo del Tribunal de Apelaciones, entendiendo que la prueba recabada por Ferrero "es inobjetable", por lo que quedó firme el pedido de Fiscalía de una pena de 15 años de penitenciaría, alegando que el cargamento de 4,5 toneladas de cocaína incautado el 14 de julio de 2019 en el puerto de Hamburgo, en el interior de un contenedor que tenía un cargamento de soja a granel, “fue despachado en el puerto de Montevideo por el imputado Martín Mutio, por intermedio de la empresa Cabzen S.A.”.

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La cocaína hallada en Hamburgo estaba identificada con uno de los logos que utilizaba la organización de Marset e Insfrán.

La cocaína hallada en Hamburgo estaba identificada con uno de los logos que utilizaba la organización de Marset e Insfrán.

Polémica por pruebas del embarque de la droga y el precintado

El contenedor salió de Montevideo el 12 de junio de 2019 hacia el puerto de Zárate (Argentina), luego rumbo a Santos, Río de Janeiro y Vitoria (Brasil), después a Dakar (Senegal) y Hamburgo (Alemania), pero el destino era Amberes (Bélgica).

Para la defensa y Chamsarián, la droga pudo haber sido colocada en cualquiera de los puertos por los que pasó el contenedor, sin embargo, Ferrero sostuvo que se “detectó” que el contenedor poseía los precintos originales, puesto “que estaban intactos” y “no poseía modificaciones en su estructura y que este fue cargado en el puerto de Montevideo”, en el buque Grande Benín.

La Fiscalía se amparó en la pericia de la Policía alemana que afirma que el precinto no fue adulterado, además de que iba estibado y para colocarle la droga se debió retirar los contenedores circundantes y haber acondicionado todo como estaba inicialmente, ya que el contenedor llegó a Alemania en el mismo lugar que salió de Montevideo, señaló.

Con respecto a la exportación de las 4,5 toneladas de cocaína, la fiscal apunta a que el contenedor donde se encontró la droga fue cargado en un silo diferente (en Ruta 1 km. 45 en San José) a los otros dos enviados al exterior, cargados en Los Cerrillos, Canelones, donde Mutio tenía soja a su favor para cargar los tres contenedores.

Sin embargo, en el Documento Único Aduanero (DUA) figura que los tres contenedores salieron de Los Cerrillos, que según el testimonio del funcionario aduanero fue un error inducido por la propia información brindada por Mutio.

La participación de Martín Mutio según Ferrero

Además, Ferrero aseguró que Mutio estuvo presente en el momento que se cargó la soja en el contenedor que llevaba el cargamento de cocaína el 8 de junio de 2019 y le dijo al transportista que iba a llevar el contenedor al puerto, que lo dejara en el silo hasta el lunes, porque iba a ser inspeccionado por el MGAP, por lo que debía ser fumigado. Algo que se comprobó que era falso, y lo usó para “ganar tiempo”.

Para la fiscal, cuando el contenedor pasó hacia el puerto de Montevideo ya iba precintado, una práctica que no se realiza cuando es cargado sino cuando llega a la terminal marítima. Además, llevaba un sticker de "carga fumigada", argumento esgrimido por la defensa para justificar la presencia de Mutio durante la carga, pero luego se comprobó que esa etiqueta fue adulterada para evitar que los funcionarios portuarios procedieran a abrir el contenedor con esa advertencia, debido al riesgo de que pueda contener gases tóxicos y nocivos para su salud.

La fiscal probó que Mutio fue visto en el peaje de la Ruta 1 hacia San José, donde estuvo desde las 19 horas hasta las 3 de la mañana. En imágenes que tiene Fiscalía, se ve a Mutio pasar con otra persona que no fue tenida en cuenta en la causa.

La empresa pantalla

Otro argumento esgrimido por la Fiscalía fue que Mutio envió 24 contenedores a Europa entre 2017 y 2019, pero que muchos de ellos fueron abandonados en los puertos de destino o devueltos a Uruguay. Como ejemplo, la fiscal se refirió a un envío anterior al contenedor donde se decomisó la droga en Alemania, Cabzen S.A., cuando exportó cuatro contenedores de soja a Algeciras (España), puesto que, de esas cuatro cargas, tres fueron abandonadas en el puerto y la soja se echó a perder. El único que fue retirado había sido el cargado en el silo de San José.

La fiscal Ferrero se enfocó en comprobar que el silo ubicado en el departamento de San José era estratégico para Mutio y que lo había adquirido por 3,9 millones de dólares a su socio Javier Rolando, a quien ya le había pagado 800 mil dólares.

Además, probó que “la actividad lícita de venta de soja no era real, y que la actividad de Cabzen S.A. no era rentable, sólo una pantalla de Mutio para el tráfico de drogas”. Si bien en la exportadora Cabzen S.A. figuraban el abogado nacionalista Nicolás Orrico (titular número 11 de la lista 40) como accionista y Gustavo Ramis como director, era Mutio quien se encargaba de toda la operativa.

Según la condena, "los negocios encubrían una actividad delictiva y justifican agravar la conducta encartada por la continuidad de la acción, es decir transformando el dinero ilícito en legal a través de adquisición de bienes".

Por eso, además del delito de narcotráfico, Ferrero imputó a Mutio por lavado de activos. Se basó en algunas transacciones irregulares por deudas de una venta granos, por lo que Mutio a través de un testaferro identificado como Leonardo Rizzo -empleado de Cabzen y poseedor de antecedentes por narcotráfico en 2010- compró dos padrones en La Capuera (Maldonado) por más de 200 mil dólares. Ferrero apuntó también a dos transacciones que no pudieron ser explicadas por 33 mil y 180 mil dólares, en lo que pareció ser una “maniobra de lavado de dinero”, sostuvo.

Capítulos pendientes

Las redes empresariales detrás de la operativa financiera y logística de Mutio merecen un capítulo aparte, puesto que existen varias sociedades anónimas y empresarios que formaban parte del círculo comercial y financiero que rodeaba a Mutio.

Además, de no haber sido imputada ninguna otra persona por la asistencia en las maniobras de lavado de activos detalladas por la fiscal Ferrero, a los magistrados les resultó “muy sugestivo que un individuo en forma aislada pueda realizar toda la maniobra que implica exportar 4.500 kilogramos de cocaína a Europa”.

Es evidente que la droga debió ser ingresada previamente al Uruguay mediante algún tipo de logística y coordinación con los productores, pero también dentro del territorio nacional es necesaria la coparticipación y, finalmente, una vez introducida la droga en Europa alguien debe proceder a recogerla y distribuirla, todo ello implica la presencia de un grupo criminal organizado”, advirtieron.

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