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Tribuna
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

No aplicar la ‘Ley de la Silla’ discrimina a la mujer

Las empresas tienen que aplicar la normativa a los trabajadores que realizan los trabajos de pie, que mayoritariamente son de sexo femenino

El Instituto de la Mujer, que fue creado para eliminar cualquier vestigio de discriminación, debe luchar por que se aplique la llamada Ley de la Silla que actualmente apenas se tiene en cuenta, lo que perjudica especialmente a las mujeres que trabajan mayoritariamente en determinados sectores de la producción.

En el siglo XX se iniciaron en Europa las primeras normas sociales protectoras de las mujeres, entre ellas la prohibición del trabajo nocturno en talleres y fábricas. Hay que destacar la llamada ley de la silla de 1912, promulgada cuando se descubrió que el trabajo en vertical generaba graves problemas en el organismo femenino por la incidencia de esa postura corporal en su salud –congestión en los ovarios, deformidades en los pies y en la pelvis– y que sufrían las mujeres que trabajaban en la empresa textil, en comercios, almacenes, oficinas y otras empresas. Los médicos de la época habían llamado la atención sobre la cantidad de abortos distócicos advertidos en las mujeres que realizaban su trabajo permaneciendo de pie durante horas. Fue una de las leyes que convirtieron al presidente de Gobierno, José Canalejas, en un destacado reformador social. En su presidencia se introdujeron mejoras como la protección de los trabajadores de las minas y se instauró la Inspección de Trabajo para conseguir “la función tutelar del Estado”.

En un principio la Ley de la silla fue muy criticada. Se consideraba paternalista y discriminatoria por aplicarse solo a las mujeres, aunque se conocía que el 99% de los trabajos que se realizaban de pie eran de su competencia. Ante las críticas, se dictó en 1918 un real decreto extendiendo el beneficio a los varones.

La Ley de la Silla fue importante en aquel momento, pero en la actualidad apenas se aplica, como se advierte a primera vista. Son muchas las cajeras, dependientas, empleadas de farmacia y peluquerías que permanecen de pie durante toda la jornada aunque sea innecesario. Afortunadamente, algunos grandes almacenes disponen de sillas o taburetes, sobre todo en las áreas dedicadas a la venta de comestibles. En estos centros de trabajo las cajeras permanecen sentadas, salvo para la preparación de encargos. De esta forma se evitan enfermedades circulatorias y deformidades óseas, tanto en jóvenes como en mayores y en cuanto a las situaciones de embarazo, alivia muchos dolores y evita trastornos graves que pueden perjudicar al feto.

Realizar un trabajo no tiene que ser una tortura tanto para hombres como para mujeres ni ocasionar enfermedades evitables. Los clientes de algunas empresas han presentado reclamaciones para que se ofrezca asiento a los trabajadores y es cierto que sus peticiones se admiten con relativa frecuencia. Sin embargo, en otras ocasiones no son aceptadas, parece que puede resultar antiestético. No se sabe bien por qué. La Inspección de Trabajo es el organismo competente para vigilar el cumplimiento de la ley y el Instituto de la Mujer lo es para alertar de que se recuerde que las empresas tienen que aplicar la normativa a los trabajadores que realizan estos trabajos, que mayoritariamente son mujeres. No es una exigencia inútil. Se ha constatado que disminuyen las bajas por enfermedad y las incapacidades laborales.

Guadalupe Muñoz Álvarez es Académica correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

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