El Constitucional anula el voto telemático en el Parlament del exconseller Lluís Puig y complica el futuro de Puigdemont

Esta circunstancia podría ser extrapolable también al expresident, así como a Rubén Wagensbgerg, quien, al estar de baja médica, podría delegar su voto

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El expresidente de la Generalitat de Catalunya Carles Puigdemont
(Glòria Sánchez - Europa Press)
El expresidente de la Generalitat de Catalunya Carles Puigdemont (Glòria Sánchez - Europa Press)

El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una decisión que anula el voto telemático en el Parlament de Cataluña del diputado y exconseller huido Lluís Puig. La medida surge a raíz de un recurso de amparo que presentaron los diputados de Socialistes i Units per Avançar en la anterior legislatura, específicamente contra los acuerdos de la Mesa de la Cámara que permitieron a Puig votar telemáticamente. Esta resolución ha generado reacciones diversas entre los partidos políticos y la ciudadanía. Una circunstancia que podría ser extrapolable también al expresident Carles Puigdemont. Esta situación también podría afectar a Rubén Wagensbgerg, quien, al estar de baja médica, podría delegar su voto.

La Sala Primera del Tribunal Constitucional aprobó por unanimidad la ponencia redactada por la magistrada María Luisa Segoviano, que proponía estimar el recurso presentado por Units per Avançar. Este fallo ha sido comunicado este miércoles a través de una nota informativa emitida por la corte de garantías.

El recurso impugnaba varios acuerdos adoptados por la Mesa del Parlament. En primer lugar, se cuestionaba el acuerdo del 18 de abril de 2023, en el que se aprobó una regulación transitoria para el voto telemático, hasta que se lleve a cabo una reforma del Reglamento del Parlamento de Cataluña. Este acuerdo fue criticado por considerarse una medida temporal que no contaba con una base legislativa sólida. Los recurrentes señalaron que esta regulación transitoria permitía excepciones que podrían vulnerar el funcionamiento democrático de la Cámara.

Otro acuerdo impugnado fue el del 19 de abril de 2023, que habilitaba el voto telemático de Lluís Puig hasta el final del periodo de sesiones, marcado para el 31 de julio de 2023. Esta decisión fue vista como un intento de sortear la imposibilidad de Puig de asistir físicamente a las sesiones parlamentarias, dado su estatus de fugitivo de la justicia española. El acuerdo provocó una amplia discusión sobre la legitimidad y legalidad de permitir el voto telemático en tales circunstancias.

Fachada del Tribunal Constitucional (Alejandro Martínez Vélez - Europa Press)
Fachada del Tribunal Constitucional (Alejandro Martínez Vélez - Europa Press)

Además, los diputados de Socialistes i Units per Avançar recurrieron el acuerdo del 19 de abril de 2023, que desestimaba la solicitud de reconsideración de las medidas anteriores. En este contexto, se argumentó que la negativa a reconsiderar las decisiones previas era una violación del derecho de los diputados a participar plenamente en el proceso legislativo.

El fallo del Tribunal Constitucional

El fallo del Tribunal Constitucional concluye que el derecho de los diputados recurrentes a ejercer sus funciones representativas había sido vulnerado. Este derecho está garantizado por las leyes y, según el Constitucional, no se cumplió adecuadamente debido a las decisiones de la Mesa del Parlament. La resolución subraya la importancia de mantener procesos claros y legales para cualquier modificación en las prácticas legislativas.

A raíz de esta deliberación, el TC ha anulado todos los acuerdos impugnados. Esto incluye la aprobación de la normativa transitoria sobre el voto telemático y la habilitación específica del voto telemático a Lluís Puig. Sin embargo, el TC ha aclarado que los actos aprobados con el voto telemático de Puig durante el tiempo en que estuvo vigente dicha habilitación no serán anulados. Esta decisión busca evitar un vacío legal y preservar la validez de las decisiones legislativas adoptadas en ese periodo.

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