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La DGT obligar� a llevar casco y a tener 16 a�os como m�nimo para ir en patinete el�ctrico

Esas medidas forman parte de una reforma del Reglamento General de Circulaci�n que afecta sobre todo a los usuarios vulnerables de las v�as

Un hombre circula en patinete el�ctrico sin casco por la Gran V�a de Madrid.
Un hombre circula en patinete el�ctrico sin casco por la Gran V�a de Madrid.Felipe Diaz de VivarEM
Actualizado

La Direcci�n General de Tr�fico (DGT) ultima un amplio paquete de medidas para aumentar la seguridad de los usuarios vulnerables de las v�as con algunas novedades para quienes usen el patinete el�ctrico, como llevar casco obligatorio, tener 16 a�os como m�nimo y, en el caso de quienes lo necesiten para trabajar, portar un chaleco reflectante.

Esas medidas forman parte de una reforma del Reglamento General de Circulaci�n que afecta sobre todo a los usuarios vulnerables de las v�as (peatones, ciclistas, conductores de veh�culos de movilidad personal, ciclomotoristas y ciclistas). La DGT lleva trabajando en ella desde hace m�s de tres a�os.

El real decreto de modificaci�n de ese Reglamento, al que tuvo acceso Servimedia, inicia este mi�rcoles su fase de audiencia e informaci�n p�blica para que las entidades o personas interesadas hagan aportaciones, antes de que el texto sea aprobado en el Consejo de Ministros.

Uno de los aspectos novedosos es que las tasas de alcoholemia para conductores noveles y profesionales bajar�n a 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre (el l�mite ahora es de 0,30) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado (0,10 en la actualidad).

La reforma se�ala que los veh�culos de movilidad personal (como los populares patinetes el�ctricos) solo pueden circular en zonas urbanas y sus usuarios deber�n llevar obligatoriamente un casco homologado y tener al menos 16 a�os de edad.

Adem�s, quienes vayan en un veh�culo de ese tipo portar�n "al menos" un elemento luminoso o retrorreflectante en situaciones poco visibles o por la noche y sus conductores usar�n siempre un brazo para advertir al resto de las maniobras que vayan a realizar.

Otra novedad es que los conductores de patinetes el�ctricos que necesiten ese veh�culo para trabajar tendr�n que usar un chaleco reflectante de alta visibilidad.

Las personas con movilidad reducida que se desplacen en veh�culos de movilidad personal tendr�n la consideraci�n de peatones.

OTROS USUARIOS EN CIUDAD

Por otro lado, la reforma del Reglamento General de Circulaci�n incluye cambios "importantes" relacionados con los peatones, con un enfoque m�s proteccionista en las ciudades.

En este sentido, las aceras ser�n exclusivas de los peatones y se restringir� al m�ximo la circulaci�n y el estacionamiento de veh�culos con el fin de proteger a las personas, sobre todo las que tienen movilidad reducida.

Al igual que los de veh�culos de movilidad personal, los conductores profesionales de motos, ciclomotores, ciclos y bicicletas deber�n usar chaleco reflectante de alta visibilidad.

Para saber m�s

Adem�s, se prohibir�n las plazas de aparcamiento en las inmediaciones de los pasos de peatones para facilitar la visibilidad y la accesibilidad.

Igualmente en ciudad, las bicicletas circular�n por la calzada como car�cter general y preferentemente por el centro del carril. Los conductores de veh�culos de motor deber�n dejar al menos cinco metros de distancia de seguridad con la bicicleta que circule por delante.

Para favorecer el uso de la bicicleta en momentos de atascos en entornos urbanos, se permitir� a los ciclistas rebasar a los veh�culos a motor por la derecha o por la izquierda.

Y en calles de un �nico carril con limitaci�n de velocidad m�xima de 30 km/h se regular� la posibilidad de que los ciclistas circulen en sentido contrario a los veh�culos a motor.

La norma aborda por primera vez el estacionamiento de las autocaravanas, de manera que los ayuntamientos podr�n sancionar cuando se incumplan las condiciones reglamentarias.

CARRETERA

Respecto a los motoristas, la DGT permitir� que circulen por el arc�n cuando haya retenciones y obligar� a sus conductores y pasajeros a llevar guantes de protecci�n y casco integral o modular en carretera, as� como "calzado cerrado" en todo tipo de v�as.

Adem�s, los cascos de quienes viajen en ciclomotor deben estar obligatoriamente homologados y no solamente certificados, y sus conductores y pasajeros tambi�n deben llevar guantes de protecci�n y "calzado cerrado".

En relaci�n a los ciclistas, se suprimir� la excepci�n del uso del casco en carretera en pendientes ascendentes prolongadas, por razones m�dicas o en condiciones extremas de calor, con lo que este elemento de seguridad ser� obligatorio siempre en carretera.

Tambi�n relativo a los ciclistas, los conductores que los adelanten en carretera deben ir como mucho 20 km/h menos del l�mite de velocidad establecido, adem�s de dejar una separaci�n lateral m�nima de 1,5 metros y de hacer un cambio completo de carril en algunos supuestos.

Los ciclistas tendr�n que llevar "al menos" un elemento luminoso o retrorreflectante en momentos de escasa visibilidad o por la noche para que puedan ser vistos a "una distancia m�nima de 150 metros".

Otra novedad se refiere a que los autobuses tendr�n limitada la velocidad m�xima en carretera a 80 km/h cuando viajen pasajeros de pie o si esos veh�culos carecen de cinturones de seguridad.

En cuanto a las autov�as y las autopistas, los veh�culos deber�n ir por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los de emergencia y quitanieves cuando se produzcan nevadas, adem�s de orillarse para dejar un "carril de emergencia" a veh�culos de polic�a y de servicios de emergencia cuando haya retenciones importantes.